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Política de tratamiento de datos

Los documentos, datos e información de todo tipo que se manejan en nuestra empresa de manera enunciativa tales como secretos industriales relativos a la naturaleza, características, finalidades , modo de fabricación, etc. de los productos , su forma de comercialización, información sobre los clientes, y demás información análoga; patentes e inventos; know-how (entendido como conocimiento no patentado) y software desarrollado o licenciado por la empresa (todo lo anterior globalmente denominado LA INFORMACIÓN para efectos de este contrato), es material clasificado y confidencial, y en consecuencia EL(LA) PROVEEDOR A) tiene la obligación de guardar la confidencialidad en todo momento, aún después de terminado el contrato suscrito. El hecho de divulgar LA INFORMACIÓN o realizar cualquier acto que afecte a la empresa relacionada con la INFORMACIÓN constituye un acto grave de incumplimiento del contrato de trabajo, y en consecuencia dará lugar a la cancelación del mismo en forma inmediata independientemente de las acciones civiles y/o penales a que haya lugar.

 

En el evento en que EL(LA) PROVEEDOR (A) incumpla la obligación a que se refiere la cláusula anterior, se configurará la causal de terminación del contrato suscrito en los términos de los numerales 6º y 8º del literal a) del artículo 7 del decreto 2351 de 1965, sin perjuicio de las acciones civiles y penales que pueda interponer la empresa con posterioridad a la desvinculación.